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Testamento vital · California

Testamento vital de California (2026)

El testamento vital de California es la Directiva anticipada de atención médica del Código de Sucesiones §4701, que combina un agente de salud, instrucciones al final de la vida, donación de órganos y médico principal. Debe firmarse ante dos testigos adultos calificados o reconocerse ante un notario público.

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Testamento vital en California: datos clave

Documento
Directiva anticipada de atención médica (Código de Sucesiones §4701)
Ley / formulario oficial
Formulario legal del Código de Sucesiones §4701 (opcional; puede usarse o modificarse). Firma: §4673; testigos: §4674.
Testigos
Dos adultos. No su agente, su proveedor de salud o su empleado, ni el operador/empleado de un centro de cuidado comunitario o residencial para mayores. Al menos uno no puede ser pariente ni heredero.
Notario
Un notario puede reemplazar a los dos testigos. En un centro de enfermería especializada, también debe firmar un defensor del paciente u ombudsman, aun con notario.
¿Agente de salud en el mismo documento?
Sí — Parte 1 (agente), Parte 2 (instrucciones), Parte 3 (donación), Parte 4 (médico).
¿Versión oficial en español?
No se encontró un formulario oficial en español; nuestro texto en español es una traducción de referencia.

Fuentes oficiales: Cal. Probate Code §4701 (leginfo.legislature.ca.gov) · Última revisión: octubre de 2026

Cómo funciona

  1. Responda unas preguntas sobre usted, su agente y sus deseos de tratamiento. El documento sigue el formulario de California.
  2. Vea una vista previa gratuita de su documento.
  3. Desbloquéelo con un pago único y descárguelo en PDF y Word, con instrucciones de firma para California.
  4. Fírmelo con los testigos exigidos (y notario, donde se exige) y entregue copias a su médico y a su agente.

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Le recomendamos que un abogado con licencia en California revise su documento. DoneDoc ofrece formularios de autoayuda y no es un bufete de abogados.

Preguntas frecuentes

¿El testamento vital de California necesita notario?
Un notario puede reemplazar a los dos testigos. En un centro de enfermería especializada, también debe firmar un defensor del paciente u ombudsman, aun con notario.
¿Quién puede ser testigo de un testamento vital en California?
Dos adultos. No su agente, su proveedor de salud o su empleado, ni el operador/empleado de un centro de cuidado comunitario o residencial para mayores. Al menos uno no puede ser pariente ni heredero.
¿Qué formulario usa California?
Directiva anticipada de atención médica (Código de Sucesiones §4701). Formulario legal del Código de Sucesiones §4701 (opcional; puede usarse o modificarse). Firma: §4673; testigos: §4674.
¿Puedo cambiar o cancelar mi testamento vital después?
Sí. Puede revocarlo o reemplazarlo en cualquier momento mientras pueda hacerlo. Avise a su médico y a su agente, y destruya las copias antiguas.
¿Quién debe recibir una copia?
Su médico, su agente o vocero de salud, su hospital habitual y su familia cercana. Una copia tiene el mismo efecto que el original.
¿Puedo obtenerlo en español?
Sí. Usted firma el documento en inglés y también recibe una traducción de referencia y las instrucciones de firma en español. No se encontró un formulario oficial en español; nuestro texto en español es una traducción de referencia.

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