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Acuerdo operativo de LLC · Nueva York

Acuerdo operativo de LLC de un solo miembro — Nueva York (2026)

Para una LLC con un solo dueño: administración, separación para proteger la responsabilidad limitada, distribuciones y una persona designada como sucesora. Sí. Debe adoptarse un acuerdo operativo escrito antes, al momento o dentro de los 90 días posteriores a presentar los Artículos de Organización (Ley de LLC §417). No se presenta ante el Departamento de Estado. Además, la LLC debe publicar un aviso durante 6 semanas consecutivas en 2 periódicos elegidos por el secretario del condado y presentar un Certificado de Publicación (tarifa de $50) dentro de 120 días (Ley de LLC §206); si no, se suspende su autorización para operar.

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Acuerdo operativo en Nueva York: datos clave

¿Es obligatorio un acuerdo operativo escrito?
Sí. Debe adoptarse un acuerdo operativo escrito antes, al momento o dentro de los 90 días posteriores a presentar los Artículos de Organización (Ley de LLC §417). No se presenta ante el Departamento de Estado. Además, la LLC debe publicar un aviso durante 6 semanas consecutivas en 2 periódicos elegidos por el secretario del condado y presentar un Certificado de Publicación (tarifa de $50) dentro de 120 días (Ley de LLC §206); si no, se suspende su autorización para operar.
Ley de LLC del estado
New York Limited Liability Company Law
Reglas supletorias
La ley no indica la consecuencia de no adoptar el acuerdo (Departamento de Estado).
¿Se presenta ante el estado?
No. El acuerdo se guarda con los registros de la compañía y no se presenta ante el Departamento de Estado.

Fuentes oficiales: NY LLC Law §417 · NY LLC Law §206 · NY Department of State — Forming an LLC · Última revisión: octubre de 2026

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el acuerdo operativo en Nueva York?
Sí. Debe adoptarse un acuerdo operativo escrito antes, al momento o dentro de los 90 días posteriores a presentar los Artículos de Organización (Ley de LLC §417). No se presenta ante el Departamento de Estado. Además, la LLC debe publicar un aviso durante 6 semanas consecutivas en 2 periódicos elegidos por el secretario del condado y presentar un Certificado de Publicación (tarifa de $50) dentro de 120 días (Ley de LLC §206); si no, se suspende su autorización para operar.
¿Lo necesito si soy el único miembro?
Es muy recomendable: ayuda a demostrar que la LLC es distinta de usted, lo que protege su responsabilidad limitada, y los bancos suelen pedirlo.
¿El acuerdo se presenta ante el estado?
No. El acuerdo se guarda con los registros de la compañía y no se presenta ante el Departamento de Estado.
¿Piden números de Seguro Social?
No. El EIN es opcional y nunca pedimos el SSN ni números de cuenta bancaria.
¿Puedo obtenerlo en español?
Sí. Usted firma el acuerdo en inglés y también recibe una traducción de referencia y las instrucciones en español.

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